LAS CLAVES SOBRE LA

       NUEVA LEY DE TRÁFICO

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   El Congreso de los Diputados culmina la     reforma de la Ley de Seguridad Vial tras

   su paso por el Senado.  El proyecto    refuerza el sistema sancionador para  hacerlo mas eficaz contra quienes no     quieren pagar o a favor de quienes   quieren hacerlo

 

 

 

 

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             del transporte por carretera o a personas interesadas mediante la (in)formación más  

             completa del sector.

  Centros de formación CAP                                                                                                                                            

           

           Preguntas de información general      INDEX                     PINCHE AQUI PARA DESCARGAR LA VERSION PDF DEL DOCUMENTO

 

                                                                                                                                                

     ¿Cuáles son los requisitos para obtener la autorización como centro de formación CAP?

    ¿Qué plazo de validez tiene la autorización?

    ¿De qué material didáctico deben disponer los centros de formación?

    ¿Cómo homologar los cursos CAP de formación inicial y continua?

    ¿Cuáles son las responsabilidades de los centros de formación?

        

 


Documento

 

 ¿Cuáles son los requisitos para obtener la autorización como centro de formación CAP?

  Los centros que quieran impartir la formación CAP de cualificación inicial y formación   continua deben solicitar la correspondiente autorización en las oficinas de Transporte de su   residencia.

  La documentación la puede presentar el titular, una gestoría o un representante.

  Junto a la solicitud de la autorización se debe aportar la documentación necesaria para   acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos:

  Ser persona física o jurídica. La plantilla mínima de personal docente para el             

  funcionamiento del centro, especificando relación laboral, cotización a la seguridad social

  y especialización de los profesores).

  Locales adecuados mediante la presentación de la licencia y los planos. Los vehículos   necesarios para la realización de las prácticas.

  Material didáctico, programa y prácticas.


 Documentación necesaria:

 Para acreditar la condición de persona física o jurídica del solicitante:

 . Presentar DNI, NIE o pasaporte y el correspondiente número de identificación fiscal. Si el  solicitante es persona jurídica debe presentar su tarjeta de identificación fiscal. (Si es  persona jurídica debe tener personalidad propia e independiente de la de quienes la  integran,  ya que las autorizaciones no pueden otorgarse de forma conjunta a más de una  persona ni a  comunidades de bienes).

 . Disponer de firma electrónica reconocida por los servicios de certificación.

 . Cumplir con el pago de la tasa.

 

 Para acreditar la plantilla docente mínima, presentar una relación completa de los  siguientes trabajadores de la plantilla, cuya vinculación estable con el centro debe  acreditarse a través de la documentación laboral, mercantil o administrativa que justifique la  relación profesional:

 . Un director docente (que puede coincidir con el titular), a quien corresponde programar,  ordenar, controlar y comprobar de forma frecuente y constante el desarrollo de la actividad  docente del centro, en cuanto al régimen de enseñanza y la actuación de los profesores.

 (Para ser director docente se requiere haber ejercido como director durante tres años como mínimo en un  centro de formación de conductores, en un centro de formación de conductores de mercancías peligrosas,  en un centro colaborador del INEM, en un centro de formación profesional, en un centro de formación de  una determinada empresa, asociación u organización sindical o profesional o en una autoescuela).

 . Un profesor especializado en formación vial.

 . Un profesor especializado en conducción racional, basada en las normas de seguridad vial     y medioambiental.

 . Un profesor especializado en logística y transportes por carretera.

 . Un profesor especializado en transporte de mercancías peligrosas.

 . Un profesor especializado en equipos y medios de extinción de incendios.

 . Un profesor especializado en primeros auxilios.

 

 Para acreditar que se dispone de los locales adecuados y abiertos al público para impartir,  al menos, la parte teórica se debe presentar la licencia municipal de apertura que acredita  que el local es adecuado para la práctica docente al reunir las debidas condiciones  higiénicas, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de acceso (también para personas con  discapacidad).

 

 Los locales deben reunir los siguientes requisitos mínimos:

 . Un aula cuya superficie no puede ser inferior a 1,5 metros cuadrados por alumno.

 . Un espacio para servicios generales del centro (despachos de dirección, sala de profesores    y actividades de coordinación y zona de secretaría, recepción e información).

 . Aseos y servicios higiénicos-sanitarios, diferenciados y en número adecuado a la capacidad    del centro.

 

 

 Además se requiere disponer de los vehículos necesarios para la realización de las  prácticas, como mínimo, un vehículo de la categoría adecuada a cada clase de curso que  requiera la formación práctica y a la clase de permiso de conducción afectada.

 

 Si el centro solicitante no dispone de las instalaciones necesarias para la formación práctica  o de los vehículos necesarios puede concertarlos con algún organismo, empresa o entidad  especializada en dicha materia que sí disponga de las instalaciones, medios, equipos y/o  vehículos, debiendo hacer constar esta circunstancia en la correspondiente autorización.

 

 ¿Qué plazo de validez tiene la autorización?

 Las oficinas de transporte competentes, una vez que examinen la documentación presentada  y comprueben que el centro se adecua a las exigencias requeridas, otorgarán la autorización  como centro de formación CAP, que tendrá validez en todo el territorio nacional. La  comunicación se enviará por correo ordinario y opcionalmente por SMS o correo electrónico.

 (Si transcurren tres meses desde que se presenta la solicitud para la autorización como  centro de formación CAP, y la Administración no responde a la misma, se considerará como  silencio administrativo, produciendo como resultado la autorización del centro).

 La validez de la autorización como centro de formación CAP está condicionada al  cumplimiento ininterrumpido de las condiciones exigidas para su otorgamiento. Los centros  de formación autorizados están obligados a facilitar a las oficinas de transporte cualquier  variación de los datos que se tuvieran en cuenta para el otorgamiento de la autorización. 

 Cada centro debe exponer una copia de la autorización en un lugar visible en la zona de  recepción e información.

 

 ¿De qué material didáctico deben disponer los centros de formación?

 Los centros de formación que soliciten la autorización deben acreditar que disponen, como  mínimo, del siguiente material didáctico:

 Películas, transparencias, láminas murales, paneles, maquetas u otros elementos  proyectables o no (visibles desde cualquier punto del aula) para la enseñanza de:

. la normativa reguladora de la circulación y del transporte, su documentación, señales,       marcas y distintivos,

. la adecuada realización de las operaciones de carga y descarga,

. las maniobras de los vehículos,

. la salud y el comportamiento adecuado durante el transporte y en casos de emergencia

. la regulación sobre los tiempos de trabajo, conducción y descanso en el transporte por       carretera.

 El equipo necesario para proyectar, en su caso, el material a que se refiere el apartado  anterior.

 Aparatos tacógrafos (analógico y digital) o sistemas o programas de simulación de estos  equipos de control que permitan su utilización por los alumnos.

 

 Un maniquí de reanimación cardio-pulmonar básica para adultos para ser utilizado en la  enseñanza y prácticas de los primeros auxilios.

 El maniquí debe permitir:

. la subluxación mandibular,

. la ventilación boca a boca y boca a nariz,

. el masaje cardíaco externo y

. la valoración del pulso carotídeo.

 

 Modelos de la documentación de transporte por carretera que debe ir a bordo del vehículo,  incluida la carta de porte.

 Una colección actualizada de la legislación sobre ordenación del transporte por carretera y  sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, así como de la normativa  europea aplicable.

 ¿Cómo homologar los cursos CAP de formación inicial y continua?

 Los cursos de formación CAP los homologa el mismo órgano de la Administración que  autoriza el centro de formación.

 

 Los cursos de formación CAP impartidos por un centro autorizado deben ajustarse a un  modelo homologado previamente.

 La memoria debe incluir:

 El programa desarrollado de los conocimientos de todas las materias exigidas que serán  impartidos en el curso (en pdf y firmado digitalmente).

 La duración del curso y de cada uno de los módulos o partes que compongan el curso.

 El número de horas dedicadas a prácticas de la conducción, indicando, en su caso, cuántas  de esas horas se realizarán en un simulador de alto nivel.

 El número de profesores necesarios para impartir el curso, indicando su titulación o nivel de  experiencia y las materias que impartirán, en función de su especialización.

 El número máximo de alumnos que pueden asistir al curso, que en ningún caso será superior  a 20.

 Si una misma persona física o jurídica es titular de varios centros autorizados puede impartir  en todos ellos los cursos que hayan sido homologados en cualquiera de ellos, sin necesidad  de una nueva homologación.

 

 ¿Cuáles son las responsabilidades de los centros de formación?

 El titular del centro es responsable de:

 Que el centro reúna los elementos personales y materiales acreditados en el momento de  otorgarse la autorización, debiendo comunicar al órgano que la otorgó las incidencias que se  produzcan en relación con dichos elementos, así como de cualquier cambio que afecte a  éstos o a la autorización.

 

 Que los profesores conozcan la reglamentación más reciente y los requisitos en materia de  formación y que cuenten con la titulación o formación específica (determinada por el  Ministerio de Fomento). Los profesores deben demostrar que poseen conocimientos  didácticos y pedagógicos y justificar su experiencia como conductores profesionales u otra  forma de conducción análoga, como la de instructor de conducción de vehículos pesados,  para poder impartir la parte práctica de la formación.

 

 Que los cursos impartidos se ajusten a un modelo previamente homologado y de la  comunicación con el órgano administrativo competente.

 

 El órgano competente para autorizar cada centro puede realizar inspecciones de los centros,  así como de los cursos de cualificación inicial o de formación continua que se realicen en él.  En todo caso, realizará como mínimo una visita de inspección (no concertada con el centro y  en fecha distinta a la de comienzo del curso) de cada curso cuya realización se haya  comunicado. De cada visita de inspección se levantará acta y se entregará una copia al  centro inspeccionado.

 

 En el caso que el centro no comunique al órgano competente la correspondiente incidencia  (en el plazo previsto) y durante una inspección se compruebe:

 Que el profesor o la materia impartida no coinciden con lo comunicado al órgano  competente, éste suspenderá la autorización del centro durante 6 meses.

 

 La falta de asistencia injustificada de un 50% o más de los alumnos, el órgano competente  acordará la revocación de la autorización.

 Si el número de alumnos inasistentes es igual o superior al 25% del total se acordará la  suspensión de la autorización del centro durante 6 meses. (Si este mismo hecho se detecta  en las inspecciones llevadas a cabo en dos o más cursos realizados por el mismo centro en  un año, se acordará la revocación de la autorización del centro).